viernes, 1 de mayo de 2009

Comunicado Importante

Se comunica que por las medidas preventivas tomadas por autoridades pertinentes frente a la epidemia de la Gripe A H1N1, quedan suspendidas todas las actividades programadas para el mes de Julio y el dictado de Talleres Culturales hasta el lunes 3 de Agosto de 2009.



Aclaración incluyendo actividades al aire libre como por ejemplo combate de la cañada de la Cruz (5 de Julio) y Jornada Recreativa (12 De Julio).


Cómo evitar el contagio de la gripe A entre personas:
Cubrir su nariz y boca con un tissue o pañuelo descartable al toser o estornudar.
Arrojar el tissue a la basura.
Evitar usar pañuelos de tela.
Lavar manos con agua y jabón siempre, especialmente después de toser o estornudar. Los desinfectantes a base de alcohol son efectivos.
Evitar tocar ojos, nariz y boca. Estas son puertas de entrada del virus.
Si enferma, permanezca en casa y evite la escuela o el trabajo para evitar que la enfermedad se propague.


MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ


GACETILLA 03 DE JULIO DE 2009


La Municipalidad de Exaltación de la Cruz informa a la comunidad que mediante Decreto del P.E. Nº 166 promulgado en el día de la fecha por el Intendente Municipal, Dr. Horacio Errazu, y ratificado por Ordenanza Nº 34/09 del Honorable Concejo Deliberante local, se disponen medidas de extrema urgencia en el territorio del Partido de Exaltación de la Cruz a fin de evitar la propagación, circulación y transmisión del virus causante de la Influenza A H1N1, cuyo texto se transcribe a continuación:


EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA

Artículo 1º: Decretase el cierre y cese de actividades de los siguientes establecimientos: comedores infantiles, jardines maternales, asociaciones deportivas, centros comunitarios, centros de esparcimiento con asidua concurrencia de público, establecimientos bailables, pubs, bailables, resto bar, peloteros y cybers a partir de las 00:00 horas del 3 de Julio del 2009 hasta que el Comité de Crisis emita informe que indique la conveniencia del final de esta medida.

Artículo 2º: En el caso de bares y restaurantes se deberá respetar la ocupación de espacios de una (1) mesa cada dos metros cuadrados (2 M2).

Artículo 3º: Recomendar a la población evitar concurrir a lugares de alto riesgo considerándolos como tales, lugares cerrados de poca circulación de aire.

Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro de Decretos y archívese.

Decreto Nº 166

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